El Ayuntamiento de Olivares renueva el convenio de colaboración con la Junta de Andalucía para la ejecución de medidas judiciales, en régimen de medio abierto, para menores infractores

El Ayuntamiento de Olivares renueva el convenio de colaboración con la Junta de Andalucía para la ejecución de medidas judiciales, en régimen de medio abierto, para menores infractores

04/05/2022

El anterior Convenio fue suscrito con fecha 18 de junio de 2018, y su período de vigencia era por cuatro años

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         El Ayuntamiento de Olivares ha aprobado recientemente el acuerdo de renovación del Convenio de colaboración con la Junta de Andalucía para la ejecución de medidas judiciales, en régimen de medio abierto, para menores infractores.

 

         Con este Convenio de colaboración ambas Administraciones se comprometen a cooperar y colaborar en la ejecución de diferentes medidas adoptadas por los jueces de menores en sus sentencias derivadas de conductas infractoras.

 

         Las medidas contempladas en el Convenio son las siguientes:

 

         a.- Prestación en beneficio de la comunidad: se trata de la realización de una actividad determinada, que por imperativo legal constituye una intervención tendente a confrontar al sujeto infractor con la propia conducta y sus consecuencias, y a compensar en cierta manera a la comunidad en general.

         b.- Realización de tareas socioeducativas: comporta la realización de alguna actividad de contenido educativo, orientada al desarrollo integral del menor infractor o infractora, buscando satisfacer necesidades concretas del repertorio de competencia social.

         c.- Asistencia para la realización de actividades reparadoras en favor de la sociedad: derivadas del proceso de conciliación y mediación, se traducen, por lo general, en actividades análogas o similares a las Prestaciones en Beneficio de la Comunidad (PBC).

         d.- Seguimiento de la permanencia de fin de semana en el domicilio familiar: implica que menores infractores e infractoras sometidos a esta medida permanezcan en su domicilio hasta un máximo de treinta y seis horas entre la tarde o noche del viernes y la noche del domingo.

         e.- Actuar en el entorno familiar de menores infractores en situación de conflicto con la sociedad, que hayan de cumplir las referidas medidas.

 

         Todas estas actividades podrán ser realizadas en los programas que desarrollan los distintos Departamentos del Ayuntamiento de Olivares, encargados de planificar e implementar las políticas sociales, culturales, deportivas, de igualdad de género y para la juventud, especialmente los servicios sociales comunitarios.

 

         Asimismo, hay que resaltar los requisitos principales de las actividades que han de prestar los menores:

a.- No existirá remuneración ni ninguna relación laboral o contractual con el Ayuntamiento.

b.- Los menores no pueden asumir funciones que impliquen ejercicio de autoridad, decisorias, vinculantes, inherentes o propias de la Función Pública. Igualmente, la realización de actividades no podrá cubrir necesidades ordinarias de la Administración en detrimento del personal público.

c.- La actividad nunca podrá suponer interferencias en la actividad escolar, formativa o laboral del/de la menor.

d.- La actividad se adaptará a la capacidad del/de la menor y estará relacionada con los servicios que desarrolla el Ayuntamiento de Olivares.

e.- La aprobación definitiva del tipo de actividad, su duración y calendario será realizada por el Juzgado de Menores que adoptó la medida.