MEDIDAS DEL OPAEF PARA EL PERÍODO VOLUNTARIO DEL PRIMER SEMESTRE DE 2020

MEDIDAS DEL OPAEF PARA EL PERÍODO VOLUNTARIO DEL PRIMER SEMESTRE DE 2020

03/05/2020

El período de pago voluntario para los impuestos puestos al cobro en el primer semestre del ejercicio 2020 comienza el 4 de mayo y finaliza el 6 de julio.

OPAEF

Desde hace varios años se ponen al cobro los impuestos municipales (IBI y IVTM) con carácter semestral, con carácter ordinario el período de cobro comprende durante los meses de abril a principios de junio. Este año, como consecuencia de la pandemia del COVID-19, desde el OPAEF se ha aprobado retrasar ese período un mes, es decir, fijar el período de cobro desde el 4 de mayo hasta el 6 de julio de 2020.

Para conocimiento general se hace saber que se puede realizar el pago por las siguientes vías:

1.- En la página www.opaef.es, con tarjeta de crédito/débito bancario, con usuario de banca electrónica de las entidades colaboradoras o con certificado digital o DNI electrónico, mediante cargo en cuenta.

2.- En las páginas web y en los cajeros automáticos de las entidades colaboradoras. Dado que las entidades financieras pueden establecer horarios para el pago de tributos en cajeros, le recomendamos que lo realice antes de las 14:00 horas del último día de pago.

3.- En las siguientes entidades financieras colaboradoras, previa presentación de la carta aviso de pago que se envía al domicilio de los interesados (no tiene carácter de notificación): Caixabank, Caja Rural del Sur, Cajasur, Banco de Sabadell, BBVA, Unicaja, Banco de Santander, Bankia y Caja Rural de Utrera.

Si ha domiciliado el pago de sus tributos, recibirá el cargo en su cuenta bancaria el día 6 de julio. Su entidad financiera le remitirá, una vez realizado el cargo, el adeudo por domiciliación, que, conforme al artículo 38.2 del Reglamento General de Recaudación, acreditará el pago de los mismos, no siendo firme hasta pasado los plazos de devolución establecidos por el Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera.

En los casos en que no tenga domiciliado su recibo, para facilitar su pago, el O.P.A.E.F. remitirá una carta de aviso de pago. Si no la recibiese, la hubiese extraviado o se le hubiese deteriorado, podrá solicitar un duplicado a través de:

a.- La sede electrónica (https://sede.opaef.es/sede/tributos/consulta-y-pago-de-tributos-y-multas/online/Emision-carta-de-pago/ ).

b.- Mediante cualquiera de los correos electrónicos de las diferentes Oficinas de atención al contribuyente https://www.opaef.es/el-organismo/oficinas-de-atencion-al-contribuyente/

c.- De manera presencial en cualquiera de nuestras oficinas, o de la Oficina Municipal de Recaudación, una vez se pueda proceder a su reapertura.

No obstante, se recomienda que dicha solicitud se realice a través de la sede electrónica.

También puede realizar el pago en las Oficinas de Atención al Contribuyente durante el período de ingreso en voluntaria, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 13:30 horas. En estos casos sólo se admitirá el pago mediante tarjeta bancaria o cheque bancario.

Para paliar posibles dificultades para atender el pago de sus recibos dentro del período indicado, se ha aprobado un procedimiento especial de fraccionamiento que permite el pago fraccionado de las deudas que ahora se ponen al cobro, sin devengo de intereses ni necesidad de constituir garantía, siempre y cuando el importe acumulado de los recibos no exceda de 30.000 euros (https://sede.opaef.es/…/Aplazamiento-y-fraccionamiento-de-…/) antes del 6 de julio, y el total de la deuda se abone dentro del ejercicio. Las fracciones deberán ingresarse mensualmente, los días 5 o 20 de cada mes.  

Por último, se permite la realización de ingresos a cuenta sin fraccionamiento previa solicitud de la persona interesada en la sede electrónica del OPAEF (https://sede.opaef.es/…/Aplazamiento-y-fraccionamiento-de-…/) antes del 6 de julio.

Para más información, contacte con la Oficina Comarcal del OPAEF de Sanlúcar la Mayor en el teléfono 955704728. También puedes estar informado/a sobre todas las novedades al respecto en la página web (www.opaef.es).