EL AYUNTAMIENTO DE OLIVARES PAGA LAS AYUDAS AL MANTENIMIENTO Y CONSOLIDACIÓN DEL TRABAJO AUTÓNOMO CORRESPONDIENTES A 2021

EL AYUNTAMIENTO DE OLIVARES PAGA LAS AYUDAS AL MANTENIMIENTO Y CONSOLIDACIÓN DEL TRABAJO AUTÓNOMO CORRESPONDIENTES A 2021

29/12/2021

Esta línea de ayudas ha beneficiado a 119 empresas y comercios del municipio, ascendiendo a un total de 59.354,73 euros

         El Ayuntamiento de Olivares ha abonado a 119 empresas y comercios de la localidad las ayudas municipales al mantenimiento y consolidación del trabajo autónomo, correspondiente a la convocatoria del año 2021, con el objetivo de paliar los efectos negativos producidos por la pandemia del Covid-19.

 

         Tras la tramitación realizada en los meses de noviembre y diciembre, se ha aprobado la concesión de las 119 ayudas a todas aquellas empresas y comercios que han cumplido con los requisitos exigidos en la convocatoria, que fue publicada en la página web del Ayuntamiento el pasado 25-10-2021.

 

         La cuantía destinada a esta convocatoria de 2021 ha ascendido a la cantidad de 59.354,73 euros, financiadas entre el Ayuntamiento de Olivares (34.354,73 €) y la Diputación Provincial de Sevilla (25.000 €), a través del Plan Contigo. Estas ayudas

suponen que a la inmensa mayoría de personas beneficiarias se le haya transferido la cantidad máxima de 500 euros.

 

         Estas ayudas van destinadas a sufragar gastos corrientes que han acreditado a la hora de presentar la documentación, como, por ejemplo:

 

         a.- Gastos de arrendamientos de locales de negocios, siempre y cuando estén en funcionamiento y abiertos al público.

b.- Gastos de mantenimiento de suministros, maquinarias, instalaciones y equipos adscritos directamente a la actividad.

c.- Asistencia experta externa para labores de desinfección de los equipos instalaciones y personas.

d.- Suministro de material y equipos de protección que no tengan la consideración de activo para la prevención del COVID-19 (mascarillas, guantes, geles hidroalcohólicos, equipos de protección, pruebas diagnósticas, mamparas de protección).

e.- Gastos derivados de los servicios de prevención de riesgos laborales, vigilancia de la salud, seguridad, videovigilancia y limpieza.

f.- Gastos de primas de seguros de la actividad.

g.- Gastos financieros provocados por la imposibilidad del pago de deudas a proveedores y otras entidades financieras.

h.- Servicios de gestoría a empresas, notarías, asesoría jurídica y servicio técnico informático.

i.- Suministro de la actividad, tales como combustibles, electricidad, agua, telefonía, internet y gas.

j.- Gastos de personal, comprendiendo tanto los sueldos y salarios como las cotizaciones a la Seguridad Social.

k.- Así como cualquier otro gasto acreditado, que, no estando recogido en la relación anterior, responde de manera indubitada al objeto de subvención que establezca la convocatoria.